Mete tus bases y tus gastos y te damos las casillas oficiales de la AEAT listas para copiar en la sede electrónica. Todo se calcula en tu navegador: no enviamos ni guardamos nada.
Es la autoliquidación trimestral del IVA: declaras el IVA que has repercutido en tus facturas y te deduces el que has soportado en tus gastos. La diferencia se ingresa (casilla 71) o se queda a compensar para el trimestre siguiente (casilla 72).
Del 1 al 20 de abril (1T), julio (2T) y octubre (3T), y del 1 al 30 de enero (4T). Si domicilias el pago, el plazo acaba unos días antes.
La numeración oficial vigente: bases y cuotas por tipo (4 % → 01-03, 10 % → 04-06, 21 % → 07-09, 0 % → 150-152), IVA soportado corriente (28/29), saldo a compensar (110/78/87) y resultado (46 y 71/72).
Esta calculadora es orientativa para el perfil más común (régimen general, sin prorrata, sin recargo de equivalencia) y no sustituye el asesoramiento de un profesional.
¿Buscas el IRPF trimestral? Prueba la calculadora del Modelo 130.